Saltar al contenido

¿Qué tipo de seguros merece la pena contratar?

En España existen una serie de seguros que son de contratación obligatoria, no para todos los ciudadanos, pero sí para aquellos que encajen dentro de sus requisitos.

Además, existen otro tipo de seguros que, aunque no sean de carácter obligatorio, merece la pena contratarlos por sus prestaciones. Cuando buscamos reducir gastos, es habitual pensar en prescindir de alguno de los seguros que tenemos contratados. Vamos a hacer un repaso sobre los principales que existen y si es necesario mantenerlos.

¿Qué es un seguro?

Un seguro es un contrato firmado entre una compañía y un cliente en el que, a cambio del pago de una suma determinada de dinero, denominada prima, se obtiene una compensación, como una indemnización o una prestación, en caso de que ocurra un accidente. Su cuantía va determinada en la póliza que se firma, en función de una serie de condiciones que deben ir especificadas, así como recogidos en el documento todos los posibles supuestos a los que se puede enfrentar el asegurado.

Por tanto, un seguro es un sistema de protección ante un riesgo futuro, tanto de una persona como de su patrimonio, frente a acontecimientos o a hechos negativos que le puedan suceder.

Seguro para vehículos

Este seguro tiene carácter obligatorio para todos los propietarios de vehículos a motor y para cada uno de los vehículos de su propiedad. Su objetivo principal es reparar los daños producidos en un accidente tanto al vehículo asegurado como a terceros implicados, tanto vehículos como personas.

Es recomendable buscar opiniones de seguros de coche para encontrar el más adecuado a nuestro caso ya que, aunque la cobertura principal de este tipo de seguros es la responsabilidad de los daños causados a terceros, existen otro tipo de coberturas que se pueden pactar libremente, ya que son de carácter complementario, como los daños por incendio, el robo del vehículo, la asistencia en viajes y la sustitución del vehículo asegurado.

Seguro de hogar

En España, el seguro de vivienda únicamente es obligatorio mientras se tenga la vivienda hipotecada y se esté abonando al banco el préstamo hipotecario, teniendo libertad para escoger la compañía aseguradora.

Sin embargo, merece la pena y es muy recomendable tenerlo, ya que de lo contrario, en caso de ocurrir un accidente casero o siniestro ajeno a nuestro control, el propietario asumiría todos los costes de reparación de la vivienda, así como de otras viviendas en caso de que hubieran sido afectadas.

Seguro de decesos

Los seguros de decesos cubren los gastos ocasionados tras el fallecimiento de una persona. Aunque no sea obligatorio, en España son bastante elevados los precios a pagar ante un funeral, un entierro y demás gastos derivados ante el fallecimiento de una persona. Por tanto, estos seguros permiten, de forma fraccionada y normalmente con una cuota reducida, asegurar este futuro gasto que es inevitable, y así evitar pagos y gestiones complicadas a los familiares.

Seguro de salud

Un seguro médico privado consiste en acordar con la compañía el beneficio de  asistencia sanitaria en determinados supuestos a cambio de una prima. Su importe dependerá de los datos del asegurado, especialmente su edad y enfermedades previas.

Algunas de sus ventajas son contar con un amplio cuadro de diferentes especialistas dentro de la red sanitaria, la rapidez en la atención, el diagnóstico, así como en las listas de espera para un tratamiento u operación y que suelen contar con servicios de gestiones médicas digitales.

Sin embargo, dado que en España existe la Seguridad Social y la asistencia sanitaria gratuita, a pesar de que el tiempo de espera es mayor, no es indispensable tener un seguro de salud privado, sobre todo si no acudes al médico con regularidad.

Seguro de mascotas

El seguro de mascotas solo es obligatorio en caso de perros potencialmente peligrosos, ya que, al ser considerados como razas peligrosas, en España es imprescindible, además de la licencia para estar a su cuidado, disponer de un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros por valor de 120.000 euros.

Para el resto de mascotas, se puede contratar si creemos que no vamos a poder hacer frente a los posibles gastos veterinarios que éstas necesiten durante su vida. De todas formas, en algunas pólizas de seguros de hogar, se puede incluir el servicio de aseguramiento para mascotas, evitando así tener que abonar una cuota más.

Fuente: diariobahiadecadiz.com ¿Qué tipo de seguros merece la pena contratar en España? [2.02.2022]